Combellas razona que la habilitación que apruebe esta Asamblea Nacional necesariamente debe ser revisada, bien sea para su ratificación o para su revocatoria, por los 165 diputados electos el 26 de septiembre pasado.
“Tan pronto asuman sus cargos debe abrirse un debate sobre la vigencia de la habilitante. Si esa discusión no se da y persiste la incertidumbre sobre el efectivo alcance de la labor legislativa de los nuevos parlamentarios, estos quedarían atados de manos y se estaría burlando la voluntad popular expresada a través del sufragio. Sería un fraude, un abuso de autoridad que dejaría en entredicho la democracia misma”, insiste el corredactor de la Constitución.
Combellas no pierde de vista que la ratificación de la habilitación al jefe del Estado requiere el voto favorable de las 3 quintas partes de los integrantes de la Asamblea Nacional; es decir, 99 diputados. El oficialismo perdió esa mayoría el 26-S, pero la oposición tampoco la tiene. La posibilidad de acuerdo sobre la habilitante en la nueva legislatura es remota.
El constituyente dice que habría que esperar el contenido y el lapso de la habilitación. Sin embargo, admite que la Constitución no establece límites en cuanto a las materias y el tiempo por el cual el Presidente puede legislar, “lo cual abre un gran margen de discrecionalidad y eventual arbitrariedad”, acota.
¿Lluvias?
Aunque el diputado Carlos Escarrá, como vocero del Partido Socialista Unido de Venezuela, ha dejado entrever que la habilitante se limitará a tomar medidas para enfrentar la emergencia causada por las lluvias, el presidente Chávez ha anunciado que su intención es legislar sobre materias sociales, económicas y financieras, sin precisar mayores detalles.Rafael Chavero comienza por señalar: “La crisis por las lluvias es una excusa irresponsable y demagógica, pues los problemas de vivienda y servicios públicos que emergieron no se solucionan con leyes sino con políticas públicas coherentes y sostenidas”.
El profesor universitario explica que es la Asamblea Nacional y no el Presidente de la República la que debe dictar las pautas de la habilitación al jefe del Estado. “Pero aquí suele suceder al revés”, dijo al referirse a la sumisión del Legislativo al Ejecutivo
A diferencia de Combellas, Chavero opina que la extensión de la vigencia de la habilitante más allá de la actual legislatura sí tiene cabida en la Constitución, habida cuenta de que la carta magna no establece límites temporales.
“Creo que es censurable políticamente, pero no jurídicamente; lo cual no disminuye la gravedad del propósito de anular la incorporación de 65 diputados de oposición a la Asamblea Nacional por decisión soberana de los ciudadanos que votaron el 26 de septiembre pasado”, indicó.
Chavero recuerda que la habilitante fue una posibilidad de fraude que había sido advertida antes de los comicios parlamentarios: “Sería otra burla a la Constitución y al Estado de Derecho, pues queda en evidencia un autoritarismo que deslegitima al Presidente de la República y a la Asamblea Nacional”.
Socialismo, razón de Estado
La ineficacia de la Constitución y la violación de los derechos humanos fueron denunciadas por 17 profesores de Derecho Público a través de un comunicado.“En Venezuela, el socialismo del siglo XXI se presenta como una razón de Estado absoluto que permite al Presidente de la República actuar sin limitaciones jurídicas ciertas y efectivas”, se indica en el documento.
Los docentes enunciaron una larga lista de preocupaciones: “Las muertes violentas que ocurren a diario, los secuestros, el lenguaje excluyente utilizado por el Presidente de la República contra los venezolanos que no comparten su proyecto político particular, la ausencia de un trabajo digno para todos, la falta de una vivienda adecuada, las expropiaciones y despojos a las propiedades, los ataques y ocupaciones arbitrarias a las empresas e industrias, los juicios penales contra manifestantes, sindicalistas, periodistas y demás personas por sus opiniones, así como el cierre de medios de comunicación; la ausencia de disponibilidad suficiente y estable de alimentos y las limitaciones para el acceso oportuno y permanente a estos por parte del público consumidor”.
El Nacional
Por Edgar López
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