Este es el documento completo que el Indepabis hace firmar a los desarrolladores para aplicar la ocupación temporal de los desarrollos urbanísticos. En él advierten a las empresas que dispondrán de tres días, siguientes a que sea dictada la medida para ejercer oposición a la misma.
La medida consiste, según el documento, “en la posesión inmediata, puesta en operatividad, administración y aprovechamiento del establecimiento, local, bienes y servicios por parte del órgano o ente competente del Ejecutivo Nacional, a objeto de garantizar la disposición de dichos bienes y servicios por parte de la colectividad”.